viernes, 11 de marzo de 2016

La ARMHEX, REITERA que con carácter urgente, Y SIN MÁS DILACIONES, SE ACUERDE INCOAR EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE SITIO HISTÓRICO de los restos y del paraje natural o terreno donde se ubicaban las COLONIAS PENITENCIARIAS DE MONTIJO


ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX)


La ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACION DE LA MEMORIA HISTORICA DE EXTREMADURA, ha presentado el dia de 10 de Marzo de 2016, escrito en legal forma a la SECRETARIA GENERAL DE CULTURA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, INSISTIENDO como viene haciendo desde hace años, SOLICITANDO que con carácter urgente, SE DICTE RESOLUCIÓN por parte de esa administración competente, por la que se SIN MÁS DILACIONES, SE ACUERDE INCOAR EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE SITIO HISTÓRICO de los restos y del paraje natural o terreno donde se ubicaban las COLONIAS PENITENCIARIAS DE MONTIJO, que parcialmente aun se conservan. Todo ello, al amparo de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y de su Artículo 6. 1º. D), en su acepción de Sitio Histórico (lugar o paraje natural que forman parte de una unidad coherente por razones históricas, culturales o de la naturaleza vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado). 

Urge una rápida actuación, pues actualmente, carece de la más mínima protección jurídico patrimonial, evitándose que lo que debe ser un lugar de memoria, se convierta en un lugar de olvido o desaparezca.



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Que dentro de las actuaciones que esta entidad, la ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACION DE LA MEMORIA HISTORICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), viene formulando desde hace años, tendentes a que se lleve a cabo un proceso de dignificación, protección y conservación de todos los Lugares de Memoria que aún existen en Extremadura nuestra entidad, la ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA, presentó el día 16 de noviembre de 2010, ante el Registro único de la Junta de Extremadura, escrito en legal forma a la entonces denominada, CONSEJERÍA DE CULTURA y TURISMO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, solicitando se dictase resolución por parte de aquella consejería, por la que se acordara incoar expediente de declaración Bien de interés cultural, con la categoría de "sitio histórico" de los restos y del paraje natural o terreno donde se ubicaban las COLONIAS PENITENCIARIAS DE MONTIJO, que parcialmente aun se conservan. 

Que dado que han transcurrido más de cinco años, sin que conste se haya iniciado tal expediente, la ARMHEX recuerda que es URGENTE y procedente reiterar la citada solicitud.

Por todo ello, por medio de escrito presentado con fecha 10 de Marzo de 2016, en legal forma ha REITERADO SU SOLICITUD, dado que carecen de la más mínima protección patrimonial, frente a intervenciones urbanísticas inadecuadas, dado que en una gran parte de los casos, se encuentran en un estado precario de conservación. Urge pues una rápida actuación de la administración competente.

La ARMHEX, basa su petición tanto en la LEY 52/2007, de 26 de diciembre, más conocida como Ley de la Memoria Histórica, que “sienta las bases para que los poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática”, así como especial y concretamente en:

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de bien de interés cultural.

Entre su articulado, se encuentra el art. 6.1º.d. Ley 2/99, que regula los Bienes de Interés Cultural, en su acepción de “Sitio Histórico” (lugar o paraje natural que forman parte de una unidad coherente por razones históricas, culturales o de la naturaleza vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado).

Las Colonias Penitenciarias de Montijo, son un referente de la memoria histórica y lugar obligado de recuerdo para muchas personas y colectivos, su significación histórica en el ámbito de la represión franquista seguida a la guerra civil, lo configuran como símbolo en nuestra región que le hacen merecedor de su máximo reconocimiento y protección que se promueve y así se solicita por la ARMHEX.



DATOS HISTÓRICOS

Que como es sabido, terminada la guerra civil española, el régimen franquista, mediante Ley de 8 de septiembre de 1939, creó el Servicio de Colonias Penitenciarias Militarizadas (BOE 17-09-1939), con diferentes Agrupaciones.

El Servicio de Colonias Penitenciarias Militarizadas, eufemismo con el que se intentaba ocultar el nombre de los campos de concentración, fue en realidad el encargado de centralizar el uso y abuso que el franquismo hizo de sus prisioneros políticos como trabajadores forzados.

Estas Agrupaciones se encargaron de llevar a cabo el trabajo con presos republicanos, en la construcción de canales y presas en diferentes ríos, esencialmente: Guadiana, Tajo, Guadalquivir, Alberche y Jarama. Desde 1939 a 1942 se articularon seis Agrupaciones, una de ellas, la 2ª Agrupación, lo fue en el Canal de Montijo, donde se ubicaron las Colonias Penitenciarias.

En total, llegaron a trabajar unos 1.450 presos republicanos en la Segunda Agrupación de Colonias Militarizadas en Montijo, de los que hay constancia documental, con nombres y apellidos, en los Archivos públicos. Casi un 20% fueron presos extremeños. Así mismo un 29,5% fueron presos andaluces, y un 12,4% de presos catalanes, entre otras procedencias.

Participaron en la construcción de una parte del Canal de Montijo y de una parte de la presa del mismo nombre.

La Colonia Penitenciaria Militarizada de Montijo contaba a su vez, con varios centros de trabajo repartidos a lo largo de todo el canal. Por un lado se encontraba el campamento principal con sede en Montijo y por otro varios pabellones como el de Lácara (frente a Torremayor) o el de la Garrovilla. El campamento principal se construyó a las afueras de Montijo.

Se trata por ello de sensibilizar a la sociedad extremeña actual sobre acontecimientos del pasado que han sido silenciados de forma indigna. Es una obligación legal y democrática el reconocimiento público, al menos simbólicamente, de las personas que fueron objeto de la represión, y obligadas a realizar trabajos civiles en duras condiciones de precariedad y sufrimiento, entre esas actuaciones está sin duda la conservación de aquel Paraje natural o sitio histórico.





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